Visados y Entradas en España

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Visados y Entradas en España

Ahora puden presentarse telemáticamente

Un visado es una confirmación, generalmente ingresada en un pasaporte, de un país extranjero para permitir la entrada, tránsito o residencia a una persona.

En la mayoría de los casos, el visado se emite como una visa de entrada. Algunos países también requieren una visa de salida o una visa para viajar dentro del país. Por otro lado, una visa para viajar a través de las zonas de tránsito internacional de uno o más aeropuertos se conoce como visa de tránsito aeroportuario.

En la práctica el visado puede, dependiendo del sistema legal del país emisor, ser un permiso de residencia además del permiso para cruzar la frontera. El sistema legal del país emisor también determina qué autoridad emite la visa.

La autoridad responsable de emitir visas de entrada suele ser un consulado y el departamento consular de una embajada en el país respectivo.

 

Requisitos para entrar en España

Los extranjeros que quieran ingresar al territorio español, lo pueden hacer por medio de los puestos habilitados a tal efecto. Deben contar con el pasaporte o el documento de viaje que de constancia de su identidad.

Este documento debe estar validado por los convenios internacionales suscritos por España. Además, tiene que haber sido expedido dentro de los 10 años anteriores de la fecha para la entrada.

Además, los extranjeros deberán contar con la documentación que justifique las condiciones de entrada y estancia, acreditar medios económicos para el tiempo de permanencia en España o contar con las condiciones de obtener dichos medios de manera legal.

También es necesario que los extranjeros cuenten con un visado. A menos que se establezca un convenio suscrito por España o por la normativa de la Unión Europea.

En el caso de que el extranjero cuente con una tarjeta de identidad de extranjero, o una autorización de regreso, no se le exige que cuente con un visado.

Por otro lado, quedan eximidos los extranjeros que soliciten acogerse al derecho de asilo al entrar en España.

 

Documentación requerida para entrar en España

Los extranjeros que quieran entrar al territorio español deberán contar con la documentación necesaria que especifique el motivo de la entrada y estancia en el país.

 

Algunos de los documentos solicitados:

Billete de vuelta o de circuito turístico.

En viajes de carácter profesional se puede solicitar la invitación de una empresa, documentos que certifiquen la relación comercial, entradas a congresos o ferias

En viajes turísticos o privados se puede solicitar la certificación de un lugar de hospedaje, carta de invitación de un particular, la reserva confirmada de un viaje ya organizado.

En viajes de estudio es necesario la documentación o matrícula que acredite el centro de enseñanza.

Para viajes por otros motivos será necesario contar con reservas, invitaciones o programas. Además, algún certificado de participación a algún evento o alguna tarjeta de entrada.

En cualquiera de los casos, es posible la autorización a España de extranjeros que no cumplan con los requisitos. Esto sucede en ciertas circunstancias excepcionales de interés público o índole humanitaria.

 

Tipos de visados

El visado permite a los extranjeros ingresar a España, el cual es emitido por el consulado o embajada. Por otra parte, hay diferentes tipos de visados que dependen del motivo del viaje y de la duración del mismo.

 

Tránsito aeroportuario

Este tipo de visado se emite para habilitar al titular a atravesar la zona internacional de un aeropuerto español. Es obligatorio para los nacionales de los países que se encuentran en el listado de países sometidos al visado de tránsito aeroportuario.

 

Corta duración (Schengen)

El visado de corta duración es para una duración de estancia máxima de tres meses en el territorio español y en los estados Schengen.

Los extranjeros que tienen la obligación de tenerlos son los nativos de los países que requieren visado para el cruce de las fronteras exteriores.

 

Nacionales

Los visados nacionales posibilitan a los extranjeros trabajar, estudiar, investigar y residir en territorio español. Por lo tanto, todos los extranjeros que quieran permanecer en España deberán solicitar un visado nacional.

De todos modos, los ciudadanos de la Unión Europea, Islandia, Liechtenstein, Noruega o Suiza no necesitan este tipo de visado.

 

Expedidos en frontera

Los visados expedidos en frontera son una excepción que se emiten en situaciones urgentes. Como pueden ser situaciones de interés nacional, de tipo humanitario o de alguna obligación internacional.

 

Qué puede/no puede hacer un Consulado/Embajada por ti.

 

Embajada

La embajada es la misión diplomática de mayor categoría y, por lo tanto, la más importante. Es la representación oficial de un país en otro. Entre sus funciones, están las de velar por los intereses de su Estado, promover las relaciones y actividades de desarrollo entre ambos territorios y organizar visitas de Estado.

El máximo dirigente es el embajador, por lo que es la persona que se encarga de proteger los intereses de su país en el Estado en el que se encuentra. Es el intermediario entre los dos gobiernos.

Asimismo, el término embajada también suele englobar a las oficinas y la residencia del embajador. Tan sólo hay una sede de embajada en cada país, que se suele encontrar en la capital.

 

Consulado

Un consulado u oficina consular es otra representación de un país en un territorio. No obstante, la principal diferencia con una embajada es que, además de ser de menor rango, se preocupa de los conciudadanos que están viviendo en ese país extranjero.

Por lo tanto, las funciones principales que cumple un consulado y su máximo representante, el cónsul, son las siguientes:

Renovar o expedir pasaportes y otros documentos oficiales

Ayudar a las personas detenidas

Dar información importante

Asistir frente a una catástrofe o emergencia

Tramitar visas y permisos a ciudadanos extranjeros.

Al contrario que las embajadas, puede haber varios consulados en un mismo territorio y se suelen localizar en las principales ciudades. El consulado general es el más importante, mientras que el consulado honorario o agencia consular tiene competencias limitadas.

Del mismo modo, un cónsul honorario o ad honorem es una persona que no suele tener la nacionalidad del país por el que ejerce, por lo que está limitado a realizar determinadas funciones. La persona en la que suele delegar un cónsul se llama agente consular.

En bastantes ocasiones, dentro de las embajadas encontramos una sección consular, por lo que en esa parte de la embajada se llevan a cabo las funciones que hemos indicado anteriormente.

Si estás viviendo en el extranjero, puedes formalizar el alta o matrícula consular. De este modo, podrás acceder a diferentes servicios como renovar el pasaporte o votar a distancia.

Por otro lado, el concepto embajada concurrente hace referencia a una embajada que se encuentra en un país pero actúa ante varios.

 

Las Embajadas y Consulados pueden, por lo general:

 

  • Expedir pasaportes o salvoconductos debido a caducidad, pérdida o sustracción de la documentación personal. Con el objeto de regresar a España, la Embajada o el Consulado pueden expedirte, durante el horario de oficina, un documento de viaje que tendrá una validez limitada.
  • Dar información sobre los servicios médicos, educativos y legales del país. También puedes consultar la sección Vivir en… de la página web de la Representación de España en el país de destino.
  • En caso de detención tienes derecho a solicitar a las autoridades locales que te pongan inmediatamente en contacto con el Cónsul de España.
  • Prestar asistencia a los detenidos: notificar la detención a sus familiares si el detenido así lo desea, visitarle periódicamente, entregarle y recibir mensajes y correspondencia.
  • Proporcionar información acerca de trámites y costes relacionados con el traslado de cadáveres, así como de empresas locales dedicadas a esta materia.
  • Adelantarte, en circunstancias excepcionales, la cantidad necesaria para una repatriación, que deberá reintegrarse al Tesoro Público dentro de los plazos establecidos por la Ley.
  • Prestarte servicios de Registro Civil, notariales, de legalización de documentos o de remisión de comunicaciones e instancias a organismos españoles.
  • Tramites relativos a la solicitud de la nacionalidad, tanto de ciudadanos españoles como extranjeros.
  • Asistirte en caso de catástrofe o emergencia.

 

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